Tuesday, March 21, 2017

El enfoque de género: una necesidad inevitable en la política pública contra la trata de personas


Marzo conmemora las luchas de las mujeres  y con ello, todo un conjunto de iniciativas sociales y medidas estatales que paulatinamente han generado mayores condiciones para la igualdad y la equidad entre varones y mujeres. En ese escenario, la incorporación y transversalización del enfoque de género en la acción del Estado Peruano se ha convertido en un paso inevitable para la programación, implementación y evaluación de políticas. Por supuesto, este enfoque no es excluyente sino complementario con otros enfoques como los enfoque de derechos, de ciclo de vida, interculturalidad, discapacidad.

El género puede definirse como una categoría relacional que identifica roles socialmente construidos y relaciones entre las personas; el impacto de esa asignación de roles se proyecta en la igualdad y equidad entre las personas. Por lo general, y muchas veces traducidas en opiniones, decisiones y prácticas cotidianas, esta asignación de roles suele generar un “circuito nocivo”, con consecuencias que pueden ser desfavorables para quienes deben asumir determinados roles, atributos o espacios que la sociedad les asigna. 

La propia asignación de roles genera una primera afectación a la libertad de las personas. Sin embargo  las principales preocupaciones son más relevantes cuando los roles, atributos o espacios asignados son valorados socialmente (es decir, se establece un grado de mérito o importancia). Estas valoraciones se expresan en prejuicios y estereotipos sobre las personas, cuestionando el ejercicio de sus derechos. Pero la parte más peligrosa es cuando esas valoraciones son utilizadas por la sociedad o sus integrantes para tomar decisiones y ejercer prácticas. En estos casos, los derechos no solamente son limitados y su ejercicio cuestionado, sino que las personas deben soportar la intromisión en su esfera privada, a veces la más íntima (como la definición de su identidad o el ejercicio de su sexualidad).

En la trata de personas ese fenómeno se expresa en la propia magnitud e impacto en las mujeres. En primer lugar, 8 de cada 10 víctimas de trata son mujeres es una realidad que tiene una explicación basada en una asignación de roles, su valoración y el ejercicio de prácticas. En este sentido, la mayoría casos es de explotación sexual, lo que está directamente vinculado al ejercicio de la sexualidad de la mujer y el varón. En este caso, se asigna un rol pasivo a la mujer y se valora positivamente que ésta se encuentra a su disposición. Por el contrario, el varón debe ejercer el poder y dominio, y desarrollar su sexualidad frecuentemente.

En el desarrollo teórico y práctico del enfoque de género se dice que estamos ante un proceso, acto, decisión, herramienta, estratégica o metodología que permite identificar, analizar y modificar estas asignaciones de roles y sus consecuencias, que muchas veces pasan desapercibidas en nuestra vida cotidiana. El enfoque de género nos permite, ver la realidad de manera más completa, clara y veraz, pues, como señala Jessica Estrada: 
- Permite visibilizar y advertir que determinadas desigualdades que existen entre hombres y mujeres son resultado de patrones culturales y prácticas institucionales y no son desigualdades por razones “naturales”.- Permite identificar los estereotipos de género que existen en determinada sociedad y reconocer las desigualdades que se dan basadas en estos estereotipos de género.- Permite tomar decisiones que superen las desigualdades y construyan relaciones de género sensibles entre hombres y mujeres, y en general sobre las personas.

Es indispensable que el nuevo Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2017-2021 exprese el impacto de la trata de personas en las mujeres, especialmente adolescentes. Para eso se necesita transversalizar el enfoque de género en el análisis del contexto, la definición de los objetivos y metas, y en el planteamiento de acciones estratégicas concretas frente a la trata de personas. Esta labor no solo es deseable, sino una obligación frente a la realidad y al propio marco normativo internacional y nacional. 

Reporte Alternativo. 09/03/2017. Publicación original de CHS Alternativo

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